Socios

Bienvenidos a nuestra familia

Alcances

La prestación de servicios estará destinada a:

Socios activos

Los Suboficiales y Agentes de la Policía de Entre Ríos en situación de actividad o retiro efectivo. Podrán ejercer cargos directivos, y gozan de todos los derechos contenidos en el presente Estatuto.

Socios adherentes

Los Aspirantes a las Escuelas de Agentes de la Policía de Entre Ríos que hubieran efectivamente ingresado. Se encuentran eximidos del pago de la cuota societaria hasta el día de su egreso. No podrán en ningún caso asumir cargos directivos ni formar parte de las subcomisiones, no tendrán voz ni voto en las Asambleas. Gozan de los servicios sociales reconocidos por los reglamentos.

Socios Participantes

Cónyuge, conviviente o viuda/o del socio, sus hijos menores hasta alcanzar los 18 años de edad o hasta contraer matrimonio lo que ocurra primero, los hijos incapacitados sin límite de edad. Los participantes gozan de todos los servicios sociales, pero no tienen derecho a participar en las asambleas ni a ser elegidos para ocupar los cargos directivos. La reglamentación fijará los demás derechos y obligaciones de los socios participantes.

Socios honorarios

a) El Gobernador de la Provincia.
b) El Vice Gobernador de la Provincia.
c) El Ministro de Gobierno, Justicia y Educación.
d) El Presidente del Superior Tribunal de Justicia.
e) El Jefe y Sub Jefe de la Policía de Entre Ríos
f) Aquellas personas que, en mérito a servicios extraordinarios prestados al Círculo de Suboficiales y Agentes se hicieren acreedores a tal distinción. En este caso, el título de socio honorario deberá ser otorgado por Asamblea Extraordinaria, con las dos terceras partes de votos de los asociados presentes.

Los socios honorarios no tienen voz ni voto en las asambleas, gozan de los servicios sociales de la asociación, y se encuentran exentos de pago de la cuota societaria.

Consultas

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